Factura Electrónica: Anotación de Cesión de Facturas Electrónicas, Consulta Resultado de Envíos
El trámite consiste en la consulta en línea con el sitio web del Servicio de Impuestos Internos que puede realizar el contribuyente respecto del resultado de envío de Archivos Electrónicos de Cesión (AEC)
¿En qué consiste?
Este trámite consiste en la consulta del resultado del Envío de Archivo Electrónico de Cesión (AEC). Mediante esta opción, se puede obtener el estado de un envío de AEC efectuado anteriormente. Para ello, se debe proporcionar el Identificador de Envío asignado previamente en la entrega.
¿Dónde se realiza?
En Internet, accediendo al sitio web del Servicio de Impuestos Internos, www.sii.cl, sección Factura Electrónica, Registro elecrónico de cesión de créditos, Anotaciones, Anotación de cesión de facturas electrónicas, opción Consulta de estado de envíos.
¿A quiénes está dirigido?
A todos aquellos usuarios autorizados, que deseen realizar la consulta del resultado de envío de un AEC realizado con anterioridad, y que posean el correspondiente identificador de envío.
Requisitos
Tener acceso a Internet, y contar con las claves de autenticación y Rut requeridas por el SII, así como con el identificador de envío generado con anterioridad a la consulta.
Documentos requeridos
Ninguno. Al ser un Servicio el Línea , usted deberá contar sólo con las claves obtenidas con anterioridad que lo autorizan a realizar el trámite correspondiente.
Costo
No tiene costo.
Producto
Resutado de Envío Archivo Electrónico de Cesión.
Observaciones
Esta opción se encuentra disponible sólo para usuarios autorizados. Al seleccionar la opción Registro Electrónico de Cesión de Créditos, usted podrá acceder a toda la información y servicios relacionados con el Registro electrónico de cesión de créditos contenidos en facturas electrónicas creado por la Ley 19.9983, que otorga mérito ejecutivo a la Factura y regula su transferencia.
FACTURA DE COMPRA
Ordenadas por Resoluciones Nos. 551 y 1496, fueron creadas para efectuar compras a particulares o a contribuyentes de IVA de difícil fiscalización. La factura de compra se emite por el comprador en las siguientes ocasiones:
Cuando el vendedor es un particular, en cuyo caso esta operación no está afecta al Impuestos al Valor Agregado (IVA).
Cuando el vendedor no tiene facturas de ventas o no tiene la calidad de vendedor habitual.
Requisitos de las facturas de compra
- La factura de compra debe cumplir con los mismos requisitos de las facturas, con las siguientes exigencias adicionales:
- Indicar en el recuadro rojo el RUT del emisor y el nombre del documento "factura de compra".
- La emisión en triplicado también es obligatoria, con la exigencia de entregarse el duplicado al vendedor de las especies, quien deberá firmar el original, que quedará en poder del adquirente conjuntamente con el triplicado "Control Tributario" para su revisión posterior por el Servicio y para hacer uso del crédito fiscal, cuando corresponda.
- Además de los antecedentes de individualización del vendedor exigidos para las facturas de ventas, debe consignarse el número de la Cédula de Identidad del vendedor, quien debe firmar el original, y contener cualquier otro antecedente que permita la mejor identificación del vendedor de la especie (patente del vehículo, etc).
- Numeradas con numeración única nacional.
Diferencia entre factura de ventas y factura de compra
Ambas facturas tienen requisitos comunes. La única diferencia es que la factura de compra es emitida por el comprador por ser el vendedor un particular o no tener facturas de ventas y no tener la calidad de vendedor habitual.
Dirigido a los contribuyentes PYME (Micro, Pequeña y Mediana Empresa)
Emisión Factura Exenta Electrónica
Emisión de una Factura Exenta Electrónica a través del sistema de Facturación Electrónica
¿En qué consiste?
Emitir una Factura Exenta Electrónica ingresando los datos en el Sistema de Facturación Electrónica, al igual que una Factura no electrónica de Ventas y Servicios no Afectos o Exentos de IVA.
¿Dónde se realiza?
Ingresando a la Oficina Virtual del SII en Internet, www.sii.cl, Portal MIPYME, opción Facturación Electrónica, menú Emisión de Documentos Tributarios Electrónicos.
¿A quiénes está dirigido?
A empresas y personas incorporadas o que deseen incorporarse (cumpliendo previamente los requisitos) al Sistema de Facturación Electrónica Portal MIPYME, que requieran emitir una Factura Exenta Electrónica.
Requisitos
Una vez incorporado al Sistema de Facturación Electrónica del Portal MIPYME, el contribuyente podrá emitir las Facturas Exentas Electrónicas que necesite. Para ello, debe tenerse en cuenta el Art. 12 del D.L. N° 825 sobre Impuesto a las Ventas y Servicios que indica cuales son las ventas y servicios exentos de IVA. Para incorporarse al Sistema de Facturación Electrónica del Portal MIPYME, se debe cumplir al menos con los siguientes requisitos:
Poseer inicio de actividades vigente con verificación positiva.
Poseer la calidad de contribuyente de IVA.
No tener la condición de querellado, procesado o, en su caso, acusado conforme al Código Procesal Penal por delito tributario, o que haya sido sancionado por este tipo de delito hasta el cumplimiento total de su pena.
Haber emitido 100 facturas o menos en los últimos 12 meses y tener ventas anuales que no superen los $300.000.000. Para estos efectos se considerará la información incorporada por las empresas en sus declaraciones mensuales de IVA.
El Contribuyente, los usuarios autorizados y el Representante Legal del Contribuyente no deben presentar situaciones pendientes con el SII, tales como: no ubicado, no declarante de impuestos o que se encuentren en situaciones de inconcurrencia a citaciones de este Servicio.
Documentos requeridos
Los contribuyentes que cumplen con los requisitos de inscripción en el Sistema, sólo requieren disponer de un Certificado Digital (entregado por alguna de las entidades proveedoras) para acceder a él y comenzar a disfrutar de las ventajas de la Factura Electrónica. Consulte la lista de las empresas que proveen Certificado Digital en la Oficina Virtual del SII en Internet, www.sii.cl, sección Factura Electrónica, opción Sitios de Interés, Proveedores de Certificados Digitales.
Costo
No tiene costo.
Producto
Emisión Factura Electrónica Exenta.
Observaciones
La inscripción y autorización para operar en este Sistema se encuentra normado por la Resolución Exenta SII N° 86, de 01 de Septiembre de 2005. Para conocer cómo se emite una Factura Exenta Electrónica en el Sistema de Factura Electrónica del Portal MIPYME, véase la guía práctica de emisión de la Factura Exenta Electrónica dispuesta en www.sii.cl, Portal Tributario MIPYME. Los contribuyentes autorizados como emisores electrónicos a través del Sistema de Factura Electrónica del Portal MIPYME, deberán cumplir lo establecido en la Resolución Ex. SII N° 45, de Septiembre del 2003, así como los requisitos exigidos específicamente en la aplicación de facturación electrónica señalada. La representación impresa de los Documentos Tributarios Electrónicos debe ceñirse a lo establecido en la Resolución Ex. SII N° 18, de 2003, modificada por Resolución Ex. SII N° 84, de 2005 y complemetada por Resolución Ex. SII N° 76, de 2005.
PREGUNTAS FRECUENTES FACTURA EXPORTACION ELECTRONICA
1. ¿ Qué son la Factura de Exportación Electrónica, la Nota de Crédito de Exportación Electrónica y la Nota de Débito de Exportación Electrónica?
La Factura de Exportación Electrónica, la Nota de Crédito de Exportación Electrónica y la Nota de Débito de Exportación Electrónica son documentos tributarios generados en forma electrónica, firmados digitalmente por el emisor, que reemplazan al documento soportado en papel y que tienen la misma validez legal que éste.
2. ¿Cuáles son los requisitos para emitir Facturas de Exportación Electrónicas, Nota de Crédito de Exportación Electrónica y Nota de Débito de Exportación Electrónica?
El exportador que desee emitir Factura de Exportación Electrónica, Nota de Crédito de Exportación Electrónica y Nota de Débito de Exportación Electrónica, deberá estar autorizado por el SII para ser emisor electrónico. En caso de no estarlo, el contribuyente deberá postular al set básico de documentos electrónicos del sistema (Factura Electrónica, Nota de Crédito Electrónica y Nota de Débito Electrónica), en la Oficina Virtual del SII en Internet (www.sii.cl), opción "Postulación Factura Electrónica", a través de un representante legal del contribuyente interesado, autenticado con certificado digital, en donde además podrá seleccionar los documentos Facturas de Exportación Electrónicas, Nota de Crédito de Exportación Electrónica y Nota de Débito de Exportación Electrónica, si así lo requiere.