¿Cómo arrendar su propiedad?
No hace falta que pierda la paciencia tan pronto se hace bien las cosas desde el principio, se dará cuenta de que existe una serie de resguardos para hacer del arriendo una operación segura y rentable para usted y conveniente para su arrendador.
Si le complica el tema, puede recurrir a los servicios profesionales de un corredor de propiedades, cuidando de que éste sea serio y debidamente reconocido. Eso tiene un costo, pero si no se manejan estos asuntos su asistencia puede ser muy útil.
La elección del arrendatario
La clave fundamental, se basa en saber bien a quién le está arrendando. A veces, la premura por arrendar lleva a que se arriende al primer interesado pero si realmente quiere seguridad se pueden tomar algunos resguardos, como por ejemplo:
Solicitar los antecedentes de renta personal o familiar y comerciales del interesado. Éste paso es muy importante y le puede dar una idea de la conducta futura de su arrendatario.
Establecer si su arrendatario vivirá solo o con otras personas (en el fondo es saber bien quienes van a habitar su propiedad).
Una breve entrevista personal donde se forme una impresión de su arrendatario, conociendo detalles de cuál es su actividad profesional o a qué se dedica, estilo de vida, etc.
El Valor del Arriendo
Otro punto muy importante es determinar el valor mensual del arriendo. Simplemente usted debe procurar que su valor esté de acuerdo al mercado, tomando en consideración factores como la ubicación, en torno del sector, terminaciones de la propiedad, etc..
Lo habitual es que el arriendo se actualice cada tres meses de acuerdo a la variación del IPC. Pero eso es lo habitual; también puede establecerse un reajuste cada seis meses, o una vez al año. Otros pueden fijar una suma mensual en UF. Lo más simple, en todo caso, es fijar un arriendo en pesos que se reajuste cada tres meses, pero importante es que cualquiera sea la fórmula convenida, ésta tiene perfectamente establecida en el contrato.
Que no incluye en el arriendo
Tanto la arrendatario como el arrendador deben tener claro sus respectivas responsabilidades en esta materia. Lo convencional es que será de cargo del arrendatario el pago de los gastos comunes y las cuentas de servicios (luz, agua, teléfono, gas y tv cable). En cambio, será de cargo del arrendador el pago de las contribuciones de bienes raíces o impuesto territorial.
Lo usual es que en el caso de propiedades amobladas el pago del arriendo contemple también el uso de los bienes por parte de la arrendatario. Aunque cuando se trata de especies valiosas se puede realizar un contrato aparte y cobrar un arriendo distinto.
Ya lo sabe, si desea rentar su casa o departamento lo primero es averiguar quién será la persona que comenzará a habitar su vivienda. Además de dejar claramente estipulado de manera legal todo lo referente al contrato para evitar uno que otro dolor de cabeza con su futuro arrendatario.